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Levítico 25

25
1Entonces el Señor habló a Moisés en el monte Sinaí, diciendo: 2Habla a los hijos de Israel, y diles: «Cuando entréis a la tierra que yo os daré, la tierra guardará reposo para el Señor. 3Seis años sembrarás la tierra, seis años podarás tu viña y recogerás sus frutos, 4pero el séptimo año la tierra tendrá completo descanso, un reposo para el Señor; no sembrarás tu campo ni podarás tu viña. 5Lo que nazca espontáneamente después de tu cosecha no lo segarás, y las uvas de los sarmientos de tu viñedo no recogerás; la tierra tendrá un año de reposo. 6Y el fruto del reposo de la tierra os servirá de alimento: a ti, a tus siervos, a tus siervas, a tu jornalero y al extranjero, a los que residen contigo. 7También a tu ganado y a los animales que están en tu tierra, todas sus cosechas les servirán de alimento.
8»Contarás también siete semanas de años para ti, siete veces siete años, para que tengas el tiempo de siete semanas de años, es decir, cuarenta y nueve años. 9Entonces tocarás fuertemente el cuerno de carnero el décimo día del séptimo mes; en el día de la expiación tocaréis el cuerno por toda la tierra. 10Así consagraréis el quincuagésimo año y proclamaréis libertad en la tierra para todos sus habitantes. Será de jubileo para vosotros, y cada uno de vosotros volverá a su posesión, y cada uno de vosotros volverá a su familia. 11Tendréis el quincuagésimo año como año de jubileo: no sembraréis, ni segaréis lo que nazca espontáneamente, ni vendimiaréis sus viñas sin podar. 12Porque es jubileo, os será santo. De lo que produzca el campo, comeréis.
13»En este año de jubileo cada uno de vosotros volverá a su propia posesión. 14Asimismo, si vendéis algo a vuestro prójimo, o compráis algo de la mano de vuestro prójimo, no os hagáis mal uno a otro. 15Conforme al número de años después del jubileo, comprarás de tu prójimo, y él te venderá conforme al número de años de cosecha. 16Si son muchos los años, aumentarás su precio, y si son pocos los años, disminuirás su precio; porque es un número de cosechas lo que te está vendiendo. 17Así que no os hagáis mal uno a otro, sino temed a vuestro Dios; porque yo soy el Señor vuestro Dios.
18»Cumpliréis, pues, mis estatutos y guardaréis mis leyes, para ejecutarlos, para que habitéis seguros en la tierra. 19Entonces la tierra dará su fruto, comeréis hasta que os saciéis y habitaréis en ella con seguridad. 20Pero si decís: “¿Qué vamos a comer el séptimo año si no sembramos ni recogemos nuestras cosechas?”, 21yo entonces os enviaré mi bendición en el sexto año, de modo que producirá fruto para tres años. 22Cuando estéis sembrando en el octavo año, todavía podréis comer cosas de la cosecha anterior, comiendo de ellas hasta el noveno año cuando venga la nueva cosecha.
23»Además, la tierra no se venderá en forma permanente, pues la tierra es mía; porque vosotros sois solo forasteros y peregrinos para conmigo. 24Así que a toda tierra en posesión vuestra, otorgaréis el derecho de ser redimida. 25Si uno de tus hermanos llega a ser tan pobre que tiene que vender parte de su posesión, su pariente más cercano vendrá y redimirá lo que su hermano haya vendido. 26Y en caso de que un hombre no tenga redentor, pero consiga los medios suficientes para su redención, 27entonces computará los años desde la venta y devolverá el resto al hombre a quien había vendido la tierra, y así volverá a su posesión. 28Pero si no ha hallado medios suficientes para recobrarla por sí mismo, entonces lo que ha vendido permanecerá en manos del comprador hasta el año de jubileo; pero en el jubileo saldrá de su poder, y el vendedor volverá a su posesión.
29»Si un hombre vende una casa de vivienda en una ciudad amurallada, su derecho a redimirla es válido hasta que se cumpla un año de su venta; su derecho de redención dura todo un año. 30Pero si no se la redimen en el espacio de un año, la casa que está en la ciudad amurallada pasará para siempre a su comprador por todas sus generaciones; no saldrá de su poder en el jubileo. 31Mas las casas de las aldeas que no tienen muro alrededor, serán consideradas como campo abierto; tienen derechos de redención, y son recuperadas en el jubileo. 32En cuanto a las ciudades de los levitas, ellos tienen un derecho permanente de redención para las casas de las ciudades que son propiedad suya. 33Así que lo que pertenece a los levitas se puede redimir, y una casa de su propiedad vendida en la ciudad es recuperada en el jubileo, porque las casas de las ciudades de los levitas son propiedad suya entre los hijos de Israel. 34Pero las tierras de pasto de sus ciudades no se venderán porque son propiedad suya para siempre.
35»En caso de que un hermano tuyo empobrezca y sus medios para contigo decaigan, tú lo sustentarás como a un forastero o peregrino, para que viva contigo. 36No tomes interés y usura de él, mas teme a tu Dios, para que tu hermano viva contigo. 37No le darás tu dinero a interés, ni tus víveres a ganancia. 38Yo soy el Señor vuestro Dios, que os saqué de la tierra de Egipto para daros la tierra de Canaán y para ser vuestro Dios.
39»Y si un hermano tuyo llega a ser tan pobre para contigo que se vende a ti, no lo someterás a trabajo de esclavo. 40Estará contigo como jornalero, como si fuera un peregrino; él servirá contigo hasta el año de jubileo. 41Entonces saldrá libre de ti, él y sus hijos con él, y volverá a su familia, para que pueda regresar a la propiedad de sus padres. 42Porque ellos son mis siervos, los cuales saqué de la tierra de Egipto; no serán vendidos en venta de esclavos. 43No te enseñorearás de él con severidad, más bien, teme a tu Dios. 44En cuanto a los esclavos y esclavas que puedes tener de las naciones paganas que os rodean, de ellos podréis adquirir esclavos y esclavas. 45También podréis adquirirlos de los hijos de los extranjeros que residen con vosotros, y de sus familias que están con vosotros, que hayan sido engendradas en vuestra tierra; estos también pueden ser posesión vuestra. 46Aun podréis dejarlos en herencia a vuestros hijos después de vosotros, como posesión; os podréis servir de ellos como esclavos para siempre. Pero en cuanto a vuestros hermanos, los hijos de Israel, no os enseñorearéis unos de otros con severidad.
47»Si aumentan los bienes del forastero o del peregrino que mora contigo, y si empobrece tu hermano que está con él, y se vende al forastero que mora contigo, o se vende a los descendientes de la familia de un forastero, 48él tendrá derecho de redención después de ser vendido; uno de sus hermanos podrá redimirlo; 49o su tío o el hijo de su tío podrán redimirlo; o un pariente cercano de su familia podrá redimirlo; o si prospera, él mismo podrá redimirse. 50Entonces él, con su comprador, calculará desde el año en que se vendió a él hasta el año de jubileo, y el precio de su venta corresponderá al número de años. Los días que estará con él serán como los días de un jornalero. 51Si aún le quedan muchos años, devolverá parte de su precio de compra en proporción a ellos para su propia redención; 52y si quedan pocos años hasta el año de jubileo, así los calculará con él. En proporción a los años devolverá la cantidad de su redención. 53Lo tratará como quien trabaja a jornal año por año; no se enseñoreará de él con severidad delante de sus ojos. 54Aunque no sea redimido por estos medios, todavía saldrá libre en el año de jubileo, él y sus hijos con él. 55Pues los hijos de Israel son mis siervos; siervos míos son, a quienes saqué de la tierra de Egipto. Yo soy el Señor vuestro Dios.

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