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Levítico 25

25
El año de reposo y el año del jubileo
1El Señor habló con Moisés en el monte Sinaí, y le dijo:
2«Habla con los hijos de Israel, y diles que cuando entren en la tierra que yo les doy, la tierra deberá reposar en honor al Señor.
3Cultivarás la tierra durante seis años, y durante esos seis años podarás tus viñas y recogerás sus frutos,
4pero el séptimo año la tierra tendrá que reposar. Es un reposo en honor del Señor, y no debes cultivar tu tierra ni podar tus viñas.
5No podrás cosechar lo que nazca de manera natural en tu tierra segada, ni podrás recoger las uvas de tu viñedo. Será para la tierra un año de reposo.
6Pero durante ese reposo la tierra producirá alimento para ti y para tus siervos y siervas, y para tus criados y los extranjeros que residan contigo.
7Todos los frutos que la tierra produzca serán para que coman tus animales y las bestias salvajes.
8»Contarás además siete semanas de años, es decir, siete veces siete años, de modo que las siete semanas de años den un total de cuarenta y nueve años.
9Y el día diez del mes séptimo, que es el día de la expiación, ordenarás que se toque la trompeta con fuerza por todo el país.
10El año cincuenta será declarado año sagrado, y ustedes anunciarán la libertad para todos los habitantes del país. Será para ustedes un año de jubileo, y cada uno de ustedes volverá a su familia y a su patrimonio familiar.
11El año cincuenta será para ustedes de jubileo. No sembrarán, ni cosecharán lo que la tierra produzca de manera natural, ni vendimiarán sus viñedos.
12Es un año de jubileo, y será para ustedes un año sagrado. Solo podrán comer lo que la tierra produzca.
13»En este año de jubileo cada uno de ustedes recuperará su patrimonio familiar.
14Si venden algo a su prójimo, o le compran, no se hagan trampa.
15Una vez pasado el jubileo, comprarás de tu prójimo según el número de años transcurridos, y él te venderá a ti según el número de cosechas que haya recogido.
16El precio aumentará o disminuirá, dependiendo del número de años transcurridos, porque lo que él te venderá es el número de cosechas.
17»No se hagan trampas el uno al otro. Al contrario, demuestren que tienen temor de mí, porque yo soy el Señor su Dios.
18»Cumplan con mis estatutos y ordenanzas. Pónganlos en práctica, y habitarán tranquilos en el país;
19la tierra dará sus frutos, y ustedes comerán hasta saciarse y habitarán tranquilos en ella.
20Y si acaso se preguntan: “¿Y qué vamos a comer el séptimo año, si no vamos a sembrar ni a cosechar nuestros productos?”,
21yo los bendeciré el sexto año, y la tierra dará frutos para tres años.
22Así en el año octavo ustedes sembrarán, y mientras tanto comerán del fruto añejo hasta el año noveno, y tendrán comida hasta que puedan cosechar.
23»La tierra no podrá venderse a perpetuidad, porque la tierra es mía. Ustedes son, para mí, forasteros y extranjeros.
24Por lo tanto, en toda la tierra que ustedes posean, deberán conceder el derecho a rescatarla.
25»Si tu hermano empobrece, y vende alguna posesión suya, su pariente más cercano podrá acudir al rescate de lo que su hermano haya vendido.
26»Si el que vendió no tiene quien pague el rescate, pero consigue lo suficiente para pagarlo,
27contará los años transcurridos desde la venta y pagará la diferencia al comprador, y la propiedad volverá a sus manos.
28Pero si no consigue lo suficiente para recuperar la propiedad, esta se quedará hasta el año del jubileo en poder del que la compró, y en el año del jubileo podrá volver a su posesión.
29»El que venda una casa habitable en una ciudad amurallada tendrá el derecho de redimirla durante un año a partir de la venta; un año será el tiempo límite para poder redimirla.
30En caso de que la casa en la ciudad amurallada no sea rescatada en el término de un año, no quedará liberada en el jubileo, sino que se quedará para siempre en poder del que la compró y de sus descendientes.
31»Las casas en aldeas no amuralladas serán consideradas como un terreno en el campo, y podrán ser rescatadas y quedarán liberadas en el jubileo.
32»En cuanto a las ciudades de los levitas, estos podrán rescatar en cualquier momento las casas que estén en las ciudades de su posesión.
33Si alguien le compra a un levita, en el jubileo saldrá de la casa vendida, o de la ciudad de su posesión, puesto que las casas de las ciudades de los levitas son la posesión de ellos entre los hijos de Israel.
34»Los terrenos ejidales de sus ciudades no se venderán, porque son su posesión perpetua.
35»Si tu hermano empobrece y busca tu ayuda, tú lo ampararás; vivirá contigo como si fuera un forastero y extranjero.
36Si le prestas dinero, no le pedirás que te pague intereses o ganancias; al contrario, tendrás temor de tu Dios, y tu hermano vivirá contigo.
37No le prestarás dinero ni víveres a la manera de los usureros.
38Yo soy el Señor su Dios, que los sacó de la tierra de Egipto para darles la tierra de Canaán y para ser su Dios.
39»Si tu hermano empobrece, y estando contigo te pide comprarlo, no lo tratarás como a un esclavo.
40Vivirá contigo como criado y como extranjero, y te servirá hasta el año del jubileo.
41Ese año saldrá libre de tu casa, junto con sus hijos, para volver a su familia y reintegrarse a la propiedad de sus padres.
42Y es que ellos son mis siervos. Yo los saqué de la tierra de Egipto, así que no serán vendidos como esclavos.
43No lo tratarás con crueldad, sino que tendrás temor de tu Dios.
44»Si llegas a tener esclavos y esclavas, cómpralos de los pueblos a tu alrededor.
45También podrás comprar a los hijos de los forasteros que vivan entre ustedes y a los de las familias de esclavos que nazcan entre ustedes. A ellos podrán tenerlos como su posesión,
46y podrán dejárselos a sus hijos después de ustedes como herencia. Serán su posesión hereditaria, y para siempre serán sus esclavos, pero no serán los amos de sus hermanos israelitas, ni los tratarán con crueldad.
47»Si el forastero o el extranjero que viva contigo llega a ser rico, y tu hermano que está junto a él empobrece y se vende como esclavo a ese forastero o extranjero, o a alguno de su familia,
48después de haberse vendido podrá ser rescatado por alguno de sus hermanos,
49sea este su tío o su sobrino, o un pariente cercano de su familia. Cualquiera de ellos podrá rescatarlo y, si sus medios lo permiten, hasta él mismo podrá rescatarse.
50Hará la cuenta con el que lo compró, desde el año en que se vendió a él hasta el año del jubileo, y el precio de su venta habrá de calcularse conforme al número de años, y el tiempo que estuvo con él se calculará como si todo ese tiempo hubiera estado asalariado.
51Si aún faltan muchos años para su rescate, del dinero por el que se vendió devolverá la cantidad correspondiente a esos años.
52Pero si falta poco tiempo para el año del jubileo, entonces hará un cálculo y devolverá al comprador el rescate correspondiente a esos años.
53»Ustedes no deberán permitir que el comprador lo trate con crueldad, sino que deberá tratarlo como al que trabaja por un salario anual.
54Si el que se vendió no es rescatado durante esos años, en el año del jubileo obtendrá su libertad, junto con sus hijos.
55Porque los hijos de Israel son mis siervos. Yo los saqué de la tierra de Egipto. Yo soy el Señor su Dios.

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